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Establecer un plan de entrada marchando por puertas móviles en los centros penitenciarios

Establecer un plan de entrada marchando por puertas móviles en los centros penitenciarios
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Miembros de la Comisión de Seguridad y Antinarcóticos han propuesto una reforma legal con el objetivo de sancionar penalmente a aquellas personas que pretendan introducir dispositivos de comunicación en instituciones penitenciarias.

Esta iniciativa busca combatir las actividades delictivas que tienen lugar a bordo de los buques desde el interior de los buques para imponer cargos penales a quienes introduzcan equipos de comunicaciones de forma ilegal.

Según datos proporcionados por la Dirección de Adaptación Social, durante el período de octubre a diciembre de 2023, la Policía Penitenciaria recibió 784 teléfonos móviles y 563 chips internacionales de diferentes países como Honduras, Nicaragua, Panamá, Guatemala, El Salvador, Colombia y Estados Unidos. Estados.

La nueva legislación propuesta tiene como objetivo impedir la introducción ilegal en los centros penitenciarios de teléfonos móviles, teléfonos satelitales u otros dispositivos tecnológicos con el fin de establecer comunicación con el exterior, así como tarjetas SIM, routers, adaptadores de red, cargadores o cables.

En la reforma al Código Penal se establece que quienes sean declarados culpables de haber introducido ilegalmente dispositivos de comunicación en centros penitenciarios podrían enfrentar penas de dos a cuatro años de prisión, si no cuentan con la autorización legal correspondiente.

Para los funcionarios públicos, proveedores de servicios o productos, trabajadores de empresas u otras personas que tengan autorización especial para ingresar, la comisión de este delito se considerará grave.

La pena establecida se aumentará en un tercio si se descubre que alguien ha introducido dichos dispositivos electrónicos en las celdas de centros penitenciarios cerrados o si el responsable es un funcionario público.

Esta medida surge como respuesta a una sentencia del Tribunal Constitucional dictada el 20 de junio de 2001, que establece que debe garantizarse la intervención del legislador y la delimitación de los derechos jurídicos de los ciudadanos, definiendo así las acciones concretas a seguir.

En relación con la facultad de los legisladores para establecer leyes penales, la Sala Costitucional mencionó que es competencia de la Asamblea Legislativa definir qué conductas deben ser consideradas como delitos y ser sancionadas como tales, ya que la determinación de las obligaciones jurídicas que deben cumplirse Lo contemplado en la legislación penal es una decisión de indolencia política que corresponde al legislador.

Para que este proyecto de ley sea aprobado se requiere el voto unánime de los legisladores presentes. Además, cuando se trata de una iniciativa que debe ser consultada obligatoriamente ante la Corte Suprema de Justicia, es importante considerar que en caso de oposición por parte de este órgano, será necesario buscar la aprobación total de los votos emitidos.

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By Angel Maria Adan

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